Dirección
Donostia-San Sebastián, 1
Vitoria-Gasteiz - 1010 - Araba/Álava
El Decreto 126/2012, de 3 de julio, sobre la producción artesanal alimentaria de Euskadi, tiene por objeto regular la producción artesanal alimentaria en lo referente a la definición de producciones amparadas, los requisitos higiénico-sanitarios a cumplir, el distintivo de calidad que lo identifique, el sistema de control de los distintivos y las medidas organizativas para la gestión del Registro de Productores Artesanales. Es de aplicación a la producción artesanal alimentaria, vinculada a la explotación agraria, producida y/o elaborada en la Comunidad Autónoma de Euskadi, entendiendo como tal, la actividad de manipulación y transformación de productos agrarios realizada por agricultores y ganaderos a partir de materias primas principales obtenidas en sus explotaciones.
Los productos artesanos son por tanto, aquellos productos obtenidos a partir de materias primas principales obtenidas en la propia explotación agraria, y se producirán, manipularán, elaborarán, transformarán y envasarán de conformidad con la Norma Técnica que se apruebe para cada producto o grupo de productos. Con el objeto de dotar de un valor añadido a dichos productos, se crea el distintivo de calidad Artisau Elikagaigintza-Artesanía Alimentaria.